obligaciones intercambio automatico informacion (IAI)

¿Cuáles son las obligaciones de los sujetos obligados en el marco de la normativa IAI?

Los sujetos obligados por el Intercambio Automático de Información están obligados a:

  • Identificar los titulares de cuentas afectadas en los términos establecidos por los procedimientos descritos en el anexo I de la Ley, lo que puede conllevar la solicitud de autodeclaraciones titulares y personas de control sobre su residencia fiscal y demás documentación, así como establecer procedimientos de contraste de la racionalidad del contenido de la autodeclaración, así como de cambio de circunstancias.
  • Aplicar las leyes y prácticas relativas a la protección de datos en el tratamiento de los datos personales intercambiadas y siguiendo lo estipulado en la normativa en materia de protección de datos personales aplicable a Andorra con respecto a las personas físicas que serán reportadas al Gobierno de Andorra.
  • Comunicar al Gobierno de Andorra la información de las cuentas de los que los titulares o las personas que ejercen el control sean residentes fiscales en 1) un estado miembro de la Unión Europea; o 2) un estado con el que es aplicable un acuerdo o un convenio que establece un intercambio automático de información con aplicación del estándar común OCDE de las normas de comunicación y diligencia debida relativas a la información sobre cuentas financieras.
  • Presentar anualmente al Ministerio de Finanzas un informe de una entidad auditora externa sobre el cumplimiento de las obligaciones IAI.

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