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¿Cuáles son las obligaciones de los sujetos obligados en el marco de la normativa IAI?

Los sujetos obligados por el Intercambio Automático de Información están obligados a:

  • Identificar los titulares de cuentas afectadas en los términos establecidos por los procedimientos descritos en el anexo I de la Ley, lo que puede conllevar la solicitud de autodeclaraciones titulares y personas de control sobre su residencia fiscal y demás documentación, así como establecer procedimientos de contraste de la racionalidad del contenido de la autodeclaración, así como de cambio de circunstancias.
  • Aplicar las leyes y prácticas relativas a la protección de datos en el tratamiento de los datos personales intercambiadas y siguiendo lo estipulado en la normativa en materia de protección de datos personales aplicable a Andorra con respecto a las personas físicas que serán reportadas al Gobierno de Andorra.
  • Comunicar al Gobierno de Andorra la información de las cuentas de los que los titulares o las personas que ejercen el control sean residentes fiscales en 1) un estado miembro de la Unión Europea; o 2) un estado con el que es aplicable un acuerdo o un convenio que establece un intercambio automático de información con aplicación del estándar común OCDE de las normas de comunicación y diligencia debida relativas a la información sobre cuentas financieras.
  • Presentar anualmente al Ministerio de Finanzas un informe de una entidad auditora externa sobre el cumplimiento de las obligaciones IAI.