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Andorra navega hacia el fin de las restricciones legales del sector náutico

Desde el 1 de julio del 2019, las personas de nacionalidad andorrana o residentes en el país, con un carné náutico emitido en Andorra pueden tripular barcos que no hayan sido matriculados en el Principado, sean privados o de alquiler. A través de un decreto ley, el Gobierno ha acabado con la obligatoriedad de tripular exclusivamente barcos con matrícula y bandera de Andorra.

La noticia ha sido muy bien recibida entre los tripulantes de embarcaciones marítimas que veían limitadas sus prácticas náuticas. Anteriormente, no podían alquilar naves ni tripular embarcaciones de terceros si no estaban registradas en Andorra, aunque dispusieran de la licencia para este tipo de barcos. Hasta este julio, toda nave tripulada con un carné marino emitido en Andorra, debía matricularse primero en el Principado, un proceso con coste económico y no inmediato.

A pesar de la ventaja que se ha generado con la variación de la ley que regula el sector, aún existen otras restricciones como la prohibición de que un barco con matrícula y bandera de Andorra esté ocho meses seguidos en aguas internacionales.

 

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